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Una madre y su hijo revisando documentación sobre prestación por hijo a cargo con discapacidad

En la actualidad, existe en España una ayuda que concede y gestiona la Seguridad Social destinada a las familias que tengan a cargo un hijo o hija con discapacidad. Con el objetivo de proporcionar la información clave sobre ella, hemos desarrollado esta guía donde tratamos los aspectos más relevantes sobre la prestación por hijo a cargo con discapacidad.

¿En qué consiste este tipo de prestación?

Dentro de las ayudas destinadas a las familias, la prestación por hijo a cargo con discapacidad es una asignación económica mensual por hijo o menor acogido con discapacidad. Es importante destacar que la cuantía económica se establece en función de la edad y el grado de discapacidad o, incluso, la necesidad del concurso de otra persona.

Por otra parte, hay que señalar que esta ayuda para la discapacidad se recibe por hogar, es decir, llegará a nombre de unos de los miembros del matrimonio o de la pareja conviviente. Si se da el caso de separación, la ayuda la recibirá la persona que tenga la custodia del hijo o hija con discapacidad. Sin embargo, si la custodia es compartida o no se ponen de acuerdo, solo en estos casos, se repartirá entre ambos.

Requisitos para obtener la prestación por hijo con discapacidad

Para recibir la prestación por hijo con discapacidad, es necesario cumplir una serie de requisitos.

Lo primero, se debe identificarse con alguna de estas casuísticas:

  • Ser padre, adoptante o acoger a un menor de 18 años con una discapacidad reconocida de al menos un 33%.
  • Tener un hijo mayor de 18 años con una discapacidad reconocida de al menos un 65%, y que no haya sido incapacitado judicialmente.
  • Tener un hijo mayor de 18 años con una discapacidad reconocida de al menos 75% que no haya sido incapacitado judicialmente y presente la necesidad de tener una tercera persona.

Y, además, para obtener esta ayuda, se requiere:

  • Residir legalmente en España o cotizar en la Seguridad Social española. Las personas que tengan que permanecer fuera de España por un periodo inferior a 90 días, podrán seguir recibiendo la ayuda al no considerarse interrumpida la residencia.
  • No tener derecho a prestaciones de naturaleza similar en cualquier otro régimen público de protección social. O lo que es lo mismo, si el hijo o hija con discapacidad es mayor de 18 años, esta ayuda es incompatible, por ejemplo, con la pensión de discapacidad.

H2  ¿Cuánto es la ayuda por tener un hijo con discapacidad?

Como hemos indicado con anterioridad en esta guía, la cuantía económica dependerá de la edad y el grado de discapacidad y de la necesidad del concurso de otra persona. Eso se traduce en diferentes importes que recibirá la familia mensualmente. Seguidamente, se explica cada uno de los importes que se pueden recibir de acuerdo a estas circunstancias.

Cuantía por tener un hijo a cargo con discapacidad del 33%

Las familias que tienen a cargo un hijo o hija menor de 18 años y con una discapacidad de al menos 33% recibirán, según lo establecido por el MUGEJU, un importe mensual de 83,33€

Cuantía por tener descendiente con discapacidad del 65% o más

En el caso de las familias que tienen a cargo un hijo o hija mayor de 18 años con una discapacidad de al menos 65%, recibirán un importe mensual de 470,60€, según, una vez más, lo establecido por el MUGEJU.

Cuantía por tener descendiente con discapacidad del 75% o más

Si la familia tiene a cargo un hijo o hija mayor de 18 años con una discapacidad de al menos el 75% y, además, presenta la necesidad de una tercera persona, entonces, en este caso, el importe mensual que recibe es de 705,80€.

¿Cómo se solicita la prestación?

Si se cumple con los requisitos y se está interesado en solicitar esta prestación por hijo a cargo con discapacidad, se tendrá que hacer a través de la Seguridad Social tanto presencialmente en cualquiera de sus oficinas, pidiendo cita previa, o de manera online.

A la hora de tramitar la solicitud, además de presentar el formulario de solicitud, este se deberá acompañar de la siguiente documentación:

  • Copia del NIF del solicitante y el hijo a cargo, en vigor.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Libro de familia o certificado de las partidas de nacimiento de los hijos.
  • Título de familia numerosa, si procede.
  • Documento que acredite la tutela o curatela.
  • Certificado de discapacidad o justificante de haberlo solicitado.
  • Si se está separado o divorciado, documentos que lo prueben.
  • Para extranjeros: acreditación administrativa de la residencia en España para ciudadanos de la Unión Europea. Además, de la copia del pasaporte.

¿En qué casos se suspende la prestación por tener a cargo un hijo con discapacidad?

La prestación termina de manera automática cuando el hijo o hija con discapacidad cumple los 18 años o se caduca la tarjeta de discapacidad. Si se caduca la tarjeta de discapacidad, pero el hijo o hija sigue siendo menor, habrá que volver, igualmente, a tramitarla. También, en el caso de cumplir los 18 años, será necesario volver a tramitarla y acreditar la discapacidad de al menos el 65%.

Por último, también se suspende la prestación por tener a cargo un hijo con discapacidad en el momento en el que el hijo o hija se beneficie de alguna de las pensiones asistenciales reguladas en la Ley 45/1960, de 21 de julio, o de los subsidios de garantía de ingresos mínimos y de ayuda por tercera persona, establecidos en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.


Fuente:

Una madre y su hijo revisando documentación sobre prestación por hijo a cargo con discapacidad

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