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Se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

Otros requisitos

a) Las acciones para las que se soliciten subvenciones conforme a este Decreto, no podrán haberse iniciado con anterioridad ni el mismo día de la presentación de la solicitud, a excepción de lo dispuesto en los artículos 19, 25 y 50 de este Decreto para las ayudas a proyectos generadores de empleo, al mantenimiento de los puestos de trabajo, y al fomento de la comercialización y cooperación interempresarial. b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social, así como de las derivadas del reintegro de subvenciones. c) No estar incursos en los supuestos de incompatibilidad de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla - La Mancha. d) No estar incursos en los supuestos de incompatibilidad previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. e) En caso de beneficiarios sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, deben disponer de un plan de prevención de riegos laborales, y no deben haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención. No haber sido sancionado por la obtención indebida de subvenciones o ayudas públicas de cualquier naturaleza.

Observaciones

Las subvenciones reguladas: a) Ayudas a Proyectos Generadores de Empleo, que consiste en la financiación parcial de hasta el 90 por cien de cualquier iniciativa o Proyecto Generador de Empleo que suponga la creación de puestos de trabajo estables, por cuenta ajena, para trabajadores con discapacidad, a través de la creación de Centros Especiales de Empleo o de ampliación de la plantilla de los ya existentes. b) Ayudas para el Mantenimiento de puestos de trabajo destinados a trabajadores con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo. c) c) Ayudas para la contratación de gerente y personal especializado, el fomento de la comercialización y la cooperación interempresarial y la mejora de la competitividad de los Centros Especiales de Empleo.

Más información

Teléfono 112 Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Empleo: Albacete: 967198763 / 967523408. Ciudad Real: 926253080 Cuenca: 969246744 Guadalajara: 949887984 Toledo: 925248980
Circulación y prestaciones

Información adicional

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