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Ayudas destinadas a sufragar el coste de las obras necesarias para mejorar la seguridad y la adecuación funcional básica de las viviendas en las que residan mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad.

Otros requisitos

Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta Sesenta y cinco o tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 40% y movilidad reducida. Que los ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superen 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, determinados según lo establecido en el artículo 4 del Decreto 149/2003, de 10 de junio, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, y se regulan las actuaciones contempladas en el mismo. Residir, de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de las mejoras referidas en el apartado 1 del artículo de esta Orden.

Observaciones

Abierto permanentemente el plazo
Ayudas Técnicas

Información adicional

  • Ayudas Técnicas
  • Accesibilidad, Protección económica, Vivienda
  • Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio
  • Autonómico
  • Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes correspondiente a la ubicación de la vivienda objeto de la adecuación.
  • (grado mínimo: 40%)