Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro de Castilla- La Mancha, legalmente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:
- Desarrollar las actividades objeto de subvención en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
- Tener el domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
- Estar inscritas en el Registro correspondiente y tener reconocida la condición de sin ánimo de lucro.
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No percibir otras ayudas concurrentes para realizar el proyecto solicitado o, en caso de recibirla, que su cuantía sea inferior a la subvención concedida. En este último caso, la cuantía de la otra ayuda pública o privada, percibida o a percibir, minorará la contemplada en esta convocatoria para que, en ningún caso, se supere el coste de la actividad a desarrollar.
- No encontrarse incursa en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en ninguno de los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno y Consultivo de Castilla-La Mancha.
- Disponer de las infraestructuras y equipamientos adecuados para el desarrollo de los programas.
- Disponer, en el caso de entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud.
Más información
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Bulevar Río Alberche, s/n.
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Teléfono: 925 24 74 00