Ayudas destinadas a fomentar la integración laboral de personas con discapacidad mediante acciones de orientación y acompañamiento individualizadas.
Otros requisitos
- Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a los trabajadores con discapacidad a los que se les va a prestar el empleo con apoyo.
- Los Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid, que suscriban un convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a trabajadores con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o
de otros Centros Especiales de Empleo.
- Las empresas del mercado ordinario de trabajo, incluidos los trabajadores autónomos, que contraten a los trabajadores con discapacidad beneficiarios de dichas acciones, siempre que cuenten en su plantilla con preparadores laborales especializados, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la presente Orden o se comprometan a incorporarlos, y que dispongan de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
Depende de la baremación por parte de los técnicos
Información adicional
Otras prestaciones
Atención y cuidado, Empleo
Consejería de Empleo, Cultura y Turismo
23-06-2013 11-07-2013
Autonómico
Registro Auxiliar de la Dirección General competente en materia de empleo, sito en la Vía Lusitana, número 21, o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad deMadrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas o de las entidades que integran la Administración Local, podrán presentarse en oficinas de Correos y en cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.