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Financiación de programas que se desarrollen en el marco de la red de Solidaridad y Garantía Alimentaria

La realización de programas que contemplen las siguientes modalidades: - Actuaciones que se desarrollen para la preparación y reparto de alimentos a personas con escasos recursos económicos y/o en riesgo o situación de exclusión social, destinados a consumirlos en las propias dependencias destinadas al efecto por la entidad que las lleve a cabo o, en su caso, en los propios hogares de las personas demandantes. - Actuaciones que se desarrollen para la oferta de un servicio de catering a domicilio para las personas mayores de 65 años con bajos recursos económicos imposibilitadas de acceder al servicio de comedor del Centro de Participación Activa por no disponer en su localidad de dicho servicio o por tener otro tipo de limitación que le impida acceder al mismo. - Actuaciones que se desarrollen para la preparación y reparto de alimentos a personas menores de edad, preferentemente en Zonas con necesidades de Transformación Social, durante el periodo de vacaciones fuera del calendario escolar. Junto con las actuaciones mencionadas, los programas deberán contemplar necesariamente acciones complementarias de carácter socioeducativo relacionadas con el apoyo de los contenidos curriculares, de ocio y tiempo libre, de educación en valores, actividades que desarrollen la imaginación y la creatividad o de educación para la salud

Otros requisitos

- Ayuntamientos - Entidades privadas sin ánimo de lucro

Observaciones

Los gastos subvencionables los efectuados en concepto de: - Gastos de personal (nóminas, seguros sociales y retenciones de Hacienda). - Gastos derivados de la adquisición de alimentos. - Gastos derivados de la adquisición de menaje y utensilios de cocina. - Gastos de desplazamientos de las personas beneficiarias directas de los programas. - Alquiler de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las actividades. - Gastos de suministros. - Gastos de combustible. - Gastos de telefonía e internet, hasta un máximo del 10% del total de la subvención. - Gastos de limpieza. - Gastos derivados de los servicios de catering. - Gastos de seguridad. - Gastos necesarios para el cumplimiento de la legislación laboral vigente. Planes de prevención de riesgos laborales y otros. - Gastos derivados de la contratación de seguros de carácter general de los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las actividades así como los derivados de la responsabilidad civil y accidentes. - Impuestos y tasas municipales que afecten a los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las actividades. - Material de limpieza. - Material fungible. - Material de reprogafía. - Material de talleres. - Publicidad y propaganda. - Publicaciones. - Aquellos otros que correspondan a la ejecución del Programa

Más información

Consejería de Salud y Bienestar Social Av. de la Innovación, s/n. Edificio Arena, 1. 41020 Sevilla Telf.: 955 00 63 00
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Atención y cuidado, Protección económica, Salud
  • Consejería de Salud y Bienestar Social
  • 30-05-2013 28-06-2013
  • Autonómico
  • - En el registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/saludybienestarsocial - Enlos lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía