La presente Orden tiene como objeto facilitar y promover el acceso a la Sociedad de la Información y el Conocimiento en igualdad de condiciones entre las personas con discapacidad y las personas mayores que tengan cumplidos 80 años de edad.
Los conceptos objeto de subvención podrán ser dispositivos relacionados con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante TIC) de diversa naturaleza, incluyendo equipos, software y sus posibles servicios asociados (soporte a la instalación, envío, formación, etc.), accesorios, adaptaciones y en general productos de apoyo específicos del ámbito TIC, siempre y cuando dichos dispositivos estén contemplados en el Catálogo de Productos de Apoyo TIC en vigor en el momento de presentación de la solicitud y sean adquiridos en las empresas proveedoras detalladas en el citado Catálogo. El Catálogo de Productos de Apoyo TIC se podrá consultar en el enlace habilitado al efecto en la página web de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia: http://juntadeandalucia.es/organismos/economiainnovacionyciencia.html
Ayudas Técnicas
Los conceptos objeto de subvención podrán ser dispositivos relacionados con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante TIC) de diversa naturaleza, incluyendo equipos, software y sus posibles servicios asociados (soporte a la instalación, envío, formación, etc.), accesorios, adaptaciones y en general productos de apoyo específicos del ámbito TIC, siempre y cuando dichos dispositivos estén contemplados en el Catálogo de Productos de Apoyo TIC en vigor en el momento de presentación de la solicitud y sean adquiridos en las empresas proveedoras detalladas en el citado Catálogo. El Catálogo de Productos de Apoyo TIC se podrá consultar en el enlace habilitado al efecto en la página web de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia: http://juntadeandalucia.es/organismos/economiainnovacionyciencia.html