Serán susceptibles de subvención, en base a las prioridades fijadas por el Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Eliminación de Barreras arquitectónicas, las siguientes actuaciones: - Adquisición de equipamiento y/o ejecución, por parte de las Entidades Locales, de obras de reforma de edificios de uso público, tendentes a la eliminación de barreras que impidan la accesibilidad a los mismos. - Supresión de barreras arquitectónicas y de la comunicación que realicen las Entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de acción social dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Serán susceptibles de subvención, en base a las prioridades fijadas por el Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Eliminación de Barreras arquitectónicas, las siguientes actuaciones: - Adquisición de equipamiento y/o ejecución, por parte de las Entidades Locales, de obras de reforma de edificios de uso público, tendentes a la eliminación de barreras que impidan la accesibilidad a los mismos. - Supresión de barreras arquitectónicas y de la comunicación que realicen las Entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de acción social dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.