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Potenciar la accesibilidad y mejorar de este modo la calidad de vida de toda la población, contribuyendo a la igualdad y la integración de todos los ciudadanos, con el desarrollo de acciones positivas tendentes a la supresión de barreras físicas, sensoriales, que contribuyan a la mejora de la calidad de vida de toda la población y más específicamente de las personas con discapacidad, ya que la no accesibilidad de los entornos, productos y servicios constituye una forma sutil pero eficaz de discriminación, generando una desventaja cierta a las personas con discapacidad en relación con aquellas que no lo son.

Otros requisitos

-Estar legalmente constituidas. Se acreditará aportando inscripción en el registro de Asociaciones y fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal. -Carecer de fin de lucro las entidades que solicitan la subvención, circunstancia que constará de forma explícita en los Estatutos. -Tener un funcionamiento democrático, con representación en los órganos de gobierno de la entidad de los distintos estamentos vinculados por el servicio prestado. -Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Tal condición será acreditada en la propia solicitud, la cual conllevará la autorización para obtenerla de forma directa mediante certificado telemático. No obstante, de denegar expresamente tal consentimiento, deberá aportarse Certificado expedido por el Ente Público de Servicios Tributarios de la Administración del Principado de no ser deudor de la Hacienda del Principado. -Haber justificado debidamente las subvenciones concedidas por la Administración del Principado de Asturias. -En el caso de Fundaciones, haber presentado las Cuentas Anuales, que comprenden el balance, la cuenta de resultados y la memoria de la situación financiera y de los resultados de la Fundación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. -Asumir la aportación económica por la diferencia entre el importe de la concesión y el coste total de la inversión para la que se solicita la subvención, de modo que se garantice la ejecución de la obra.

Más información

Consejera de Bienestar Social y Vivienda Calle Alférez Provisional s/n Oviedo 33005 Telf.: 985105500
Ayudas Técnicas

Información adicional

  • Ayudas Técnicas
  • Movilidad y vida diaria, Protección económica, Transporte
  • Consejería de Bienestar Social y Vivienda
  • 17-03-2011 17-04-2011
  • Autonómico
  • Consejera de Bienestar Social y Vivienda Calle Alférez Provisional s/n Oviedo 33005 Telf.: 985105500