Convocatoria para el año 2011 de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a Entidades Privadas sin ánimo de lucro, para el mantenimiento de Centros, Servicios y al desarrollo de Programas dirigidos a la atención a las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha, tanto para proyectos de nueva implantación durante el año 2011 como prórroga de proyectos iniciados en años anteriores.
Las subvenciones objeto de la presente Orden podrán ser las siguientes: 1. Subvenciones para gastos de personal y mantenimiento de los centros cuyo objeto es la atención y mejora de la calidad de vida a personas con discapacidad. Dichos centros en cumplimiento de su finalidad desarrollarán programas específicos vinculados a los objetivos de integración sociolaboral, integración en la comunidad, alojamiento y convivencia, etc. Estos centros serán los siguientes: a) Centros Ocupacionales. b) Viviendas con apoyo o autónomas. c) Residencias. d) Centros de Día. e) Centros de Atención Integral a personas con discapacidad (C.A.D.I.G). f) Centros de Desarrollo Infantil y Atención Temprana. 2. Subvenciones para el desarrollo de Programas y/o Proyectos que contemplen los siguientes objetivos y/o áreas de actuación: a) La atención y apoyo a las familias de personas con discapacidad. b) La Investigación y/o desarrollo de proyectos innovadores de intervención social en el área de la discapacidad. c) La información, sensibilización y participación social. d) La formación profesional para el personal que presta servicios o colabora en el desarrollo de programas y/o proyectos para personas con discapacidad. e) La acción tutelar sobre personas con discapacidad, que se hallen incapacitadas judicialmente. f) La integración de las personas con discapacidad, en la cultura, deporte y ocio normalizados. 3. Subvenciones para el desarrollo de otros Programas que sean considerados de interés social en función del cumplimiento de los objetivos de inclusión social y mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad.
Circulación y prestaciones
Las subvenciones objeto de la presente Orden podrán ser las siguientes: 1. Subvenciones para gastos de personal y mantenimiento de los centros cuyo objeto es la atención y mejora de la calidad de vida a personas con discapacidad. Dichos centros en cumplimiento de su finalidad desarrollarán programas específicos vinculados a los objetivos de integración sociolaboral, integración en la comunidad, alojamiento y convivencia, etc. Estos centros serán los siguientes: a) Centros Ocupacionales. b) Viviendas con apoyo o autónomas. c) Residencias. d) Centros de Día. e) Centros de Atención Integral a personas con discapacidad (C.A.D.I.G). f) Centros de Desarrollo Infantil y Atención Temprana. 2. Subvenciones para el desarrollo de Programas y/o Proyectos que contemplen los siguientes objetivos y/o áreas de actuación: a) La atención y apoyo a las familias de personas con discapacidad. b) La Investigación y/o desarrollo de proyectos innovadores de intervención social en el área de la discapacidad. c) La información, sensibilización y participación social. d) La formación profesional para el personal que presta servicios o colabora en el desarrollo de programas y/o proyectos para personas con discapacidad. e) La acción tutelar sobre personas con discapacidad, que se hallen incapacitadas judicialmente. f) La integración de las personas con discapacidad, en la cultura, deporte y ocio normalizados. 3. Subvenciones para el desarrollo de otros Programas que sean considerados de interés social en función del cumplimiento de los objetivos de inclusión social y mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad.