El objeto de la presente orden es realizar la convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a entidades locales y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales a personas mayores, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2011, destinadas a financiar las actividades que se relacionan a continuación: - Modalidad A: subvenciones a entidades locales que prestan servicios sociales a personas mayores para el mantenimiento de plazas residenciales en Hogares Club con Pisos Tutelados, en centros de atención diurna para personas autónomas y en Centros de Noche. Podrán acogerse a esta modalidad aquellos Centros de Titularidad Pública que presten servicios de alojamiento, atención alimenticia y demás necesidades básicas de los usuarios, financiándose en proporción a los servicios efectivamente prestados en los mismos. - Modalidad B: subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro que prestan servicios sociales a personas mayores para la realización de programas y actividades orientadas a la promoción del bienestar de las personas mayores y al incremento de la calidad de vida, tanto en la modalidad de atención a la dependencia como de promoción de la autonomía personal y prevención de la situación de dependencia, que desarrollen algunas de las líneas de actuación establecidas en el apartado B) del artículo 21.2 del Decreto 235/2010, de 29 de diciembre.
El objeto de la presente orden es realizar la convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a entidades locales y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales a personas mayores, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2011, destinadas a financiar las actividades que se relacionan a continuación: - Modalidad A: subvenciones a entidades locales que prestan servicios sociales a personas mayores para el mantenimiento de plazas residenciales en Hogares Club con Pisos Tutelados, en centros de atención diurna para personas autónomas y en Centros de Noche. Podrán acogerse a esta modalidad aquellos Centros de Titularidad Pública que presten servicios de alojamiento, atención alimenticia y demás necesidades básicas de los usuarios, financiándose en proporción a los servicios efectivamente prestados en los mismos. - Modalidad B: subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro que prestan servicios sociales a personas mayores para la realización de programas y actividades orientadas a la promoción del bienestar de las personas mayores y al incremento de la calidad de vida, tanto en la modalidad de atención a la dependencia como de promoción de la autonomía personal y prevención de la situación de dependencia, que desarrollen algunas de las líneas de actuación establecidas en el apartado B) del artículo 21.2 del Decreto 235/2010, de 29 de diciembre.