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Órgano de valoración de la situación de dependencia

Emitir un dictamen sobre el grado y nivel de dependencia, con especificación de los cuidados que la persona pueda requerir. El Consejo Territorial deberá acordar unos criterios comunes de composición y actuación de los órganos de valoración de las Comunidades Autónomas que, en todo caso, tendrán carácter público. El grado y niveles de dependencia, a efectos de su valoración, se determinarán mediante la aplicación del baremo que se acuerde en el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para su posterior aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto. Dicho baremo tendrá entre sus referentes la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud (CIF), adoptada por la Organización Mundial de la Salud. El baremo establecerá los criterios objetivos de valoración del grado de autonomía de la persona, de su capacidad para realizar las distintas actividades de la vida diaria, los intervalos de puntuación para cada uno de los grados y niveles de dependencia, y el protocolo con los procedimientos y técnicas a seguir para la valoración de las aptitudes observadas, en su caso. El baremo valorará la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión para su realización por personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental. La valoración se realizará teniendo en cuenta los correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre el entorno en el que viva, y considerando, en su caso, las ayudas técnicas, prótesis y prótesis que le hayan sido prescritas

Observaciones

Una vez que la solicitud ha sido cursada, no se producirá el primer contacto con el solicitante hasta que se le comunique la fecha en que se producirá la valoración. En los casos en que se detecte algún error en la cumplimentación de la solicitud, se contactará con el solicitante para proceder a su subsanación.

Más información

SEPAD, Servicio Extremeño de promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia: Teléfonos: 901 12 14 16 / 927 090 483 Servicios Centrales: Avenida de las Américas, nº 4, 06800, Mérida (Badajoz) Gerencias Territoriales BADAJOZ Ronda del Pilar, 5 06002 Badajoz CÁCERES Plaza Hernán Cortés, 1 10001 Cáceres También se puede solicitar información en: Dirección General de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia

Información adicional

  • Servicios
  • Atención y cuidado, Documentación, orientación y osesoramiento
  • Dirección General de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia
  • Autonómico
  • En los Registros de la Consejería de Sanidad y Dependencia y del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), en los Centros de Atención Administrativa y Oficinas de Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura o en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se formulen a través de las oficinas de Correos se presentarán en sobre abierto, al objeto de que en la misma se haga constar por el responsable la fecha de presentación. Asimismo, próximamente las solicitudes podrán ser presentadas vía telemática a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura