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Órgano de valoración de la situación de dependencia

Emitirán un dictamen sobre el grado y nivel de dependencia, con especificación de los cuidados que la persona pueda requerir. El Consejo Territorial deberá acordar unos criterios comunes de composición y actuación de los órganos de valoración de las Comunidades Autónomas que, en todo caso, tendrán carácter público. El grado y niveles de dependencia, a efectos de su valoración, se determinarán mediante la aplicación del baremo que se acuerde en el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para su posterior aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto. Dicho baremo tendrá entre sus referentes la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud (CIF), adoptada por la Organización Mundial de la Salud. El baremo establecerá los criterios objetivos de valoración del grado de autonomía de la persona, de su capacidad para realizar las distintas actividades de la vida diaria, los intervalos de puntuación para cada uno de los grados y niveles de dependencia, y el protocolo con los procedimientos y técnicas a seguir para la valoración de las aptitudes observadas, en su caso. El baremo valorará la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión para su realización por personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental. La valoración se realizará teniendo en cuenta los correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre el entorno en el que viva, y considerando, en su caso, las ayudas técnicas, prótesis y prótesis que le hayan sido prescritas.

Observaciones

Personas con una falta o pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial derivadas de la discapacidad, la enfermedad o la edad y que precisan de la atención de otra u otras personas o apoyos importantes para la realización de las actividades básicas de la vida.

Más información

Online Presencial: Oficinas de Registro

Información adicional

  • Servicios
  • Atención y cuidado, Documentación, orientación y osesoramiento
  • Dirección General de Coordinación de la Dependencia
  • Autonómico
  • Albacete: Delegación Provincial de Bienestar Social c/ Pedro Simón Abril, 10 Teléfono único de información: 012. Ciudad Real: Delegación Provincial de Bienestar Social c/ Paloma, 9 Llamando al teléfono 012 si llama desde Castilla-La Mancha, 902267090 si llama desde fuera de Castilla-La Mancha o marcando el 925274552, donde el personal que atienda la llamada la formalizará y enviará. Cuenca: Delegación Provincial de la Junta de Comunidades Las Torres, 18 C.P. 16002 – Cuenca. Teléfono único de información: 012. Guadalajara: Delegación Provincial de la Junta de Comunidades C/ Juan Bautista Topete 1-3. C.P. 19071 – Guadalajara. Teléfono único de información: 012 Teléfono OIR: 949 88 88 66. Delegación de Servicios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Molina de Aragón (según el calendario laboral del municipio de Molina de Aragón). C/ Carmen, 1. C.P. 19300 - Molina de Aragón (Guadalajara) Teléfono: 949 88 50 59 Fax: 949 83 28 09 Toledo: Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (según el calendario laboral del municipio de Toledo). Avenida de Portugal, s/n. C.P. 45071, Toledo. Teléfono único de información: 012. Delegación de Servicios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Talavera de la Reina. Plaza del Pan, nº 10. CP 45600, Talavera de la Reina (Toledo). Teléfono: 012 Fax: 925 83 91 21.