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Servicio de Teleasistencia como prestación de la Cartera de Servicios para la atención a personas en situación de Dependencia.

Permite a los usuarios del servicio entrar en contacto verbal con un centro de atención especializada, pulsando el botón de un medallón o pulsera que llevan constantemente puesto en el domicilio. Asimismo, se dispone de unidades móviles que en caso de necesidad se trasladan al domicilio del usuario para dar solución a la emergencia surgida, mediante la movilización de recursos. El servicio se prestará las veinticuatro horas del día, durante todo el año, y se podrá asignar en el Programa Individual de Atención a todos los grados y niveles de dependencia, siendo, incompatible con el Servicio de Atención Residencial, así como con el Servicio de Teleasistencia que viene siendo prestado por las Administraciones titulares de los Servicios Sociales de Atención Primária, a cuya financiación contribuye el Gobierno de Cantabria (Orden EMP/18/2008 de 8 de febrero por la que se desarrolla el Catálogo de Servicios del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia y se regula provisionalmente la aportación económica de las personas usuarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria).

Observaciones

En Cantabria, el servicio de teleasistencia tendrá carácter gratuito para todas las personas que tengan reconocida la situación de dependencia de conformidad con el art. 27 de la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales y tal como se establece en la Orden EMP/18/2008 de 8 de febrero por la que se desarrolla el Catálogo de Servicios del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia y se regula provisionalmente la aportación económica de las personas usuarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria. El plazo máximo, entre la fecha de entrada de la solicitud de valoración de la situación de dependencia y la de resolución de reconocimiento de la prestación, será de seis meses.

Información adicional

  • Servicios
  • Atención y cuidado, Protección económica, Salud
  • Consejería de Empleo y Bienestar Social
  • Autonómico
  • Servicios Sociales de su Ayuntamiento. Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 - SANTANDER Cualquier otra Oficina de registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.
  • Grado II (Nivel 2)