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Prestación económica orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social

Además del salario social, los beneficiarios del Programa de Solidaridad de la Junta se comprometarán con las medidas de inserción adoptadas por los Servicios Sociales para la mejora de la situación familiar, como la inclusión en programas de formación profesional y fomento del empleo, educación permanente de adultos y medidas en materia de vivienda.

Fuente

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigua…

¿Qué se concede? 1. La prestación económica de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía consiste en una prestación económica mensual del 100% del importe anual de las pensiones no contributivas fijadas anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, dividido por doce mensualidades, vigente en la fecha de resolución de la solicitud, incrementada ésta en un 30% por cada persona integrante de la unidad familiar distinta de la persona solicitante de la misma, hasta un máximo equivalente al 220% de dicha prestación. En el supuesto de unidades familiares monoparentales o monomarentales y unidades familiares con personas con discapacidad se incrementará en un 22%. 2. Un Plan de inclusión sociolaboral. Es un conjunto de actuaciones del proyecto de intervención social unidas a acciones concretas de carácter laboral necesarias para la integración social y laboral de las personas titulares y del resto de componentes de la unidad familiar beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. En su caso, podrán incluirse otras medidas en materia de educación, salud y vivienda. El Plan de inclusión sociolaboral se diseñará de forma participada por los servicios sociales comunitarios donde resida la unidad familiar beneficiaria y el Servicio Andaluz de Empleo, en el plazo de un mes desde la fecha en que se dicte resolución de concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía con la participación de la persona titular y, en su caso de las beneficiarias.

Otros requisitos

Tendrán derecho a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, las unidades familiares cuyas personas miembros tengan vecindad administrativa en Andalucía, se encuentren en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo, y cumplan los requisitos. Así como aquellas que, aún no cumpliendo alguno de los requisitos, se encuentren en situación de urgencia o emergencia social. Se entiende por unidad familiar la constituida por la persona solicitante, en cuyo caso será una unidad familiar unipersonal; y, en su caso, la persona unida a la misma por relación de matrimonio, pareja de hecho debidamente inscrita o relación análoga, acreditada mediante declaración jurada, así como las personas vinculadas a cualquiera de ellas por lazos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el primer grado, o por adopción, tutela o acogimiento familiar, que convivan en un mismo domicilio. Estas se denominan unidades familiares pluripersonales.

Más información

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales Avda. de Hytasa, nº 14 41071 - Sevilla Teléfono: 955 048 000 Fax: 955 048 234 Las solicitudes deberán presentarse en los servicios sociales comunitarios correspondientes a su domicilio
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Protección económica
  • Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
  • Autonómico
  • Consejería de Igualdad y Políticas Sociales Avda. de Hytasa, nº 14 41071 - Sevilla Teléfono: 955048000 Fax: 955048234 consejera.cips@juntadeandalucia.es También en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía y en el Ayuntamiento de residencia de el solicitante.