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Es un servicio que tiene por objeto facilitar el acceso a la asistencia prestada en los balnearios a las personas mayores o con discapacidad que cumplan los requisitos y lo precisen por prescripción facultativa. El Programa de Termalismo se lleva a cabo entre los meses de febrero a diciembre de cada año en dos plazos. Cada estancia será de 9 noches y 10 días (desde las 12 horas del día de llegada hasta las 12 horas del día del regreso) y se realiza en régimen de pensión completa. Tratamiento termal, con una duración máxima de 9 días, que incluirá: - Reconocimiento médico al comienzo de la estancia. - Tratamiento termal prescrito individualmente por el médico del balneario. - Seguimiento médico durante la estancia, con emisión de un informe final. - Alojamiento y manutención en pensión completa y en habitaciones dobles. - Transporte para acercamiento hasta el balneario en el caso de que el balneario no se encuentre ubicado en un núcleo urbano. - Servicios y programas de actividades socio- culturales y de ocio ofertados por el balneario. - Póliza colectiva de seguros.

Fuente

Otros requisitos

Tener 65 años cumplidos o ser pensionista del sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación, invalidez, viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando el beneficiario haya cumplido los 60 años de edad. Estar empadronado en cualquiera de los municipios de Castilla-La Mancha. No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia de los establecimientos termales. No padecer enfermedad infecto-contagiosa. Poder valerse por sí mismos para las actividades de la vida diaria. Carecer de contraindicaciones para la recepción de los tratamientos termales. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. No encontrarse la persona beneficiaria en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. El solicitante podrá ir acompañado de su cónyuge o persona con análoga relación de convivencia, siempre que cumplan a su vez con los requisitos citados anteriormente, excepto el señalado en el apartado 1.a). También podrá participar un hijo o hija del solicitante con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre y cuando lo haga sin necesidad de apoyo de tercera persona y pueda desplazarse con autonomía, compartiendo habitación con los padres. Debe asimismo, cumplir los requisitos citados anteriormente, excepto el del apartado 1º).

Observaciones

Es un servicio que favorece la promoción de la autonomía personal y la prevención de las situaciones de dependencia mediante una terapia natural, no agresiva y muy benficiosa para las personas mayores. El Programa de Termalismo se lleva a cabo entre los meses de mayo a diciembre. Cada estancia será de 5 días y 5 noches, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán dese las 12:00 h. del día de llegada hasta las 12:00 h. del día de salida.

Información adicional

  • Servicios
  • Atención y cuidado, Protección económica, Salud
  • Consejería de Bienestar Social
  • 31-08-2017
  • Autonómico
  • En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería o en el de sus Direcciones Provinciales. Mediante envío telemático de datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.jccm.es. Solicitud de plaza en programa de termalismo de Castilla la Mancha http://www.jccm.es/tramitesygestiones/solicitud-de-plaza-en-programa-de-termalismo-de-castilla-la-mancha