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Plazas subvencionadas del Programa de Balneoterapia en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2009.

Otros requisitos

- Personas con discapacidad, con un grado de discapacidad total igual o superior al 33%, que precisen de tratamientos termales por causas relacionadas directamente con su discapacidad según prescripción facultativa. - Personas con deterioro cognitivo diagnosticado por especialista en neurología, comprendidas en los estadios 3 a 5 de la Escala de Deterioro Global de Reisberg (GDS), que precisen de tratamientos termales, siempre y cuando su deterioro global y comportamiento lo permitan, según prescripción facultativa. - Personas que tengan reconocida la condición de persona en situación de dependencia en Grado III, Gran Dependencia, Niveles 1 y 2, o en Grado II, Dependencia Severa, Niveles 1 y 2, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, que precisen de los tratamientos termales según prescripción facultativa. - No presenten trastornos mentales graves, ni de conducta que puedan alterar la normal convivencia en los balnearios, ni enfermedad infectocontagiosa. - No hayan sido beneficiarios de la misma prestación en otro de los turnos o a través de otros Programas de Termalismo Social, en el mismo año natural.

Observaciones

Exiten dos turnos para presentación de solicitudes: Primer turno: 26/03/2009 a 14/04/2009 Segundo turno: 01/05/2009 a 20/05/2009 MODALIDAD A: 350 plazas de balneoterapia con alojamiento dirigidas a personas mayores con necesidad de tratamiento termal, que se desarrollarán en los turnos y balnearios que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden. MODALIDAD B: 450 plazas de balneoterapia con alojamiento dirigidas a personas con discapacidad, con deterioro cognitivo o en situación de dependencia de cualquier edad, que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo siguiente precisen de tratamiento termal, que se desarrollarán en los turnos y balnearios que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden.

Más información

Dirección General de Promoción y Dependencia 924006037
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Atención y cuidado, Protección económica
  • Consejería de Salud y Dependencia
  • 17-04-2012 27-04-2012
  • Autonómico
  • Dirección General de Promoción y Dependencia C/ Juan Pablo Fornel 9 06800 Mérida
  • Que afecta a la comunicación y el habla (grado mínimo: 33%)