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Prestación técnica del sistema especial de prestaciones establecido en la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).

Prestación sanitaria y farmacéutica, y dispensación gratuita de medicamentos para la persona con discapacidad que no sean beneficiaria de la asistencia sanitaria y farmacéutica del Régimen general o Regímenes Especiales de la Seguridad Social.

Otros requisitos

No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral. No tener derecho como titular o beneficiario a estas prestaciones del sistema de Seguridad Social.

Observaciones

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir prestaciones sociales y económicas de la LISMI, se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).

Más información

Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) Avda. de la Ilustración, s/n, c/v a c/ Ginzo de Limia, 58 28029 - Madrid Teléfono: 917 033 000 Teléfono Oficina de Información: 901 109 899 Fax: 917 033 595 buzon@imserso.es Subdirección General de Gestión del IMSERSO Área de Prestaciones Económicas Telf.: 917 033 000
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Prestaciones de la Seguridad Social
  • Atención y cuidado, Protección económica, Salud
  • Imserso
  • Estatal
  • Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) Avda. de la Ilustración, s/n, c/v a c/ Ginzo de Limia, 58 28029 - Madrid Teléfono: 917 033 000 Teléfono Oficina de Información: 901 109 899 Fax: 917 033 595 buzon@imserso.es La solicitud de la prestación podrá presentarse personalmente en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del IMSERSO o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, o por correo.
  • (grado mínimo: 33%)