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Para costear servicios de atención domiciliaria en aquellos ayuntamientos en los que no hay servicio de atención domiciliaria (SAD) concertado con el Gobierno de Cantabria o que aún habiéndolo, no es posible acceder a sus prestaciones, o a las de otros servicios de atención domiciliaria proporcionados por otras entidades públicas o privadas a que se tuviere derecho, por razón de dispersión de la población.

Otros requisitos

No se podrá conceder la ayuda en el caso de que la atención esté prestada por familiares directos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni cuando la persona interesada fuera beneficiaria del Servicio de Ayuda a Domicilio, de la prestación económica vinculada al mismo o de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar prestados en el marco del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia (SAAD), establecido en la Ley de Atención a la Dependencia. No es objeto de la prestación la aportación de beneficiario del SAD concertado, ni del prestado por el SAAD.

Más información

012. Para llamadas desde fuera de la Comunidad Autónoma 902139012.
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Movilidad y vida diaria, Protección económica
  • Consejería de Empleo y Bienestar Social
  • Autonómico
  • Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) C/ General Dávila, nº 87 39006 - Santander, Cantabria Teléfono: 942 20 77 76 icass@serviciossocialescantabria.org