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Prestación del SAAD, Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Tiene carácter periódico, se reconocerá, en los términos que se establezca, únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, en función del grado y nivel de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario, de acuerdo con lo previsto en el convenio celebrado entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Otros requisitos

Haber sido valorado como persona en situación de dependencia en alguno de los grados y niveles que se requieran para el acceso al servicio o servicios a los que se vincula la prestación. Reunir los requisitos específicos previstos para el acceso al servicio o servicios de atención a los que se vincula la prestación. Tener plaza u obtener la prestación del servicio en centro o por entidad debidamente acreditados para la atención a la dependencia.

Más información

ICASS 012. Servicio telefónico sobre la ley de Dependencia en Cantabria.
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Atención y cuidado, Protección económica
  • Consejería de Empleo y Bienestar Social
  • Autonómico
  • Centro de Servicios Sociales de la localidad de residencia.
  • Grado I (Nivel 2)