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De caracter individual otorgada en concepto de subvención.

Esta ayuda posee un carácter intransferible y no podrá ser objeto de embargo o retención de ninguna clase; tampoco podrá darse en garantía de obligación alguna. No obstante lo anterior, esta prestación podrá ser compensada por el Instituto Foral de Bienestar Social, como entidad gestora de la misma, siempre que esta medida vaya encaminada a la devolución de cantidades indebidamente percibidas. Tiene, en todo caso, carácter subsidiario y compatible respecto a todo tipo de recursos y prestaciones sociales de contenido económico que estén o puedan estar previstos en la legislación vigente y que pudieran Corresponde a la persona beneficiaria o a cualquiera de los miembros de su unidad económica de convivencia. El derecho a tales recursos o prestaciones sociales deberá hacerse valer previa o simultáneamente al acceso a la prestación asistencial que se regula en la presente Normativa.

Otros requisitos

Las personas que únicamente perciban, en cuantía íntegra o parcial, la prestación denominada Pensión No Contributiva, en su modalidad de invalidez o de jubilación, regulada en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, siempre que no hubieran renunciado a ninguna pensión o complemento de los que tengan derecho. Las personas que perciban la prestación Renta Básica, siempre que sus ingresos totales, incluida esta prestación, no alcancen el Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual y no hubieran renunciado a ninguna pensión o complemento de los que tengan derecho.
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Protección económica
  • Diputación Foral de Álava
  • Provincial
  • Instituto Foral de Bienestar Social de Álava.