Todos los servicios del SAAD a que se refiere esta Orden, salvo los de prevención y promoción de la autonomía personal, serán incompatibles con cualquier otro servicio análogo prestado por las Administraciones titulares de los Servicios Sociales de Atención Primaria que sean fi nanciados en todo o en parte por el Gobierno de Cantabria o con los prestados por el IMSERSO u otras Administraciones Públicas.
La persona beneficiaria participará en el coste del servicio de teleasistencia según su capacidad económica de conformidad con los siguientes intervalos:
- Menos del IPREM mensual: sin participación.
- Entre el IPREM mensual y el 1,5 del IPREM mensual: participación del 50%.
- Más de 1,5 del IPREM mensual: participación del 90%.”
En aquellos supuestos en que los beneficiarios del servicio de teleasistencia tengan asignado otro u otros recursos del SAAD, únicamente participarán en el coste del servicio si una vez realizado el pago de los demás servicios asignados, el resto de su capacidad económica es igual o superior a un IPREM y conforme a los porcentajes establecidos para este servicio.
Información adicional
Otras prestaciones
Movilidad y vida diaria, Protección económica, Salud
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Autonómico
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Hernán Cortés, 9
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