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Asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médica - farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva

Otros requisitos

Carecer de ingresos suficientes. Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2005, sean inferiores a 4.042,06 € anuales. Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Observaciones

La Pensión no Contributiva de Invalidez es incompatible con la PNC de Jubilación, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), así como con la Prestación Familiar por Hijo a Cargo Minusválido. Los pensionistas de PNC de invalidez cuyo grado de minusvalía/discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de la cuantía de la Pensión no Contributiva de Invalidez.

Más información

Dirección General de Servicios Sociales Consejería de Sanidad y Servicios Sociales c/ Hernán Cortés 9. Santander. Teléfonos : 942.207.956 942.207.957
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Protección económica
  • Cantabria
  • Autonómico
  • Oficinas de los Servicios Sociales de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
  • 18 - 65 años