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Tributo complementario del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Grava las adquisiciones gratuitas de las personas físicas y su naturaleza directa, que ya se predicaba del hasta ahora vigente impuesto general sobre las sucesiones, resulta, asimismo, en la configuración de la Ley, al quedar determinada la carga tributaría en el momento de incrementarse la capacidad de pago del contribuyente.

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971 17 67 00. Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
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  • La presentación se realizará en la oficina gestora que corresponda