LIRPF artículo 60.1, nueva redacción en la Ley 51/2007. Artículo 66
Observaciones
Todos los contribuyentes tienen derecho a aplicar por cada descendiente, sea o no discapacitado, las siguientes minoraciones de su renta o base imponible:
Por el primer hijo: 1.863 euros
Por el segundo hijo: 2.040 euros
Por el tercer hijo: 3.672 euros
Por el cuarto: 4.182 euros
Reducción por cuidado de hijos menores de 3 años: 2.224 euros.
Más información
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Calle de Alcalá, 5
28014 - Madrid
Teléfono: 915 95 80 00
2.316 euros anuales por cada descendiente con grado de minusvalía igual o superior al 33% e inferior 65%
7.038 euros anuales por cada descendiente con un grado de minusvalía igual o superior al 65%
Gastos de asistencia: 2.316 euros
Información adicional
Beneficios Fiscales
Fiscalidad
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Estatal
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Calle de Alcalá, 5
28014 - Madrid
Teléfono: 915 95 80 00
Cualquier delegación de la agencia Estatal de Administración Tributaria.