Cargando...
Beneficios fiscales por ascendiente o descendiente con discapacidad que necesite ayuda de terceros.

Otros requisitos

Acreditar que las personas con discapacidad necesitan ayuda de terceras personas y generen derecho a la aplicación del mínimo en concepto de gastos de asistencia, conforme a la normativa estatal reguladora del IRPF. Únicamente tendrá derecho a esta deducción el contribuyente titular del hogar familiar que conste como tal en la Tesorería General de la Seguridad Social, por la afiliación en Andalucía al régimen especial de la Seguridad Social de empleados del hogar de trabajadores fijos, de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación.

Más información

955065000 Consejería de Economía y Hacienda.
Beneficios Fiscales

Información adicional

  • Beneficios Fiscales
  • Fiscalidad
  • Andalucia
  • Autonómico
  • La presentación se realizará en la oficina gestora que corresponda.