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Beneficios fiscales por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad.

Otros requisitos

Grado de minusvalía: física o sensorial igual o superior al 65 % y psíquica igual o superior al 33 % o discapacitado cuya incapacidad se declare juridicamente aunque no alcance dicho grado. Que el hijo conviva con el contribuyente ininterrumpidamente desde su nacimiento o adopción hasta el final del período impositivo. La aplicación de esta deducción resultará compatible con las relativas al nacimiento o adopción del segundo o posterior hijo y al nacimiento o adopción múltiples.

Más información

Dirección Territorial de Hacienda y Administración Pública C/ Gregorio Gea, 14 46009 - Valencia Teléfono: 012 Fax: 961964345 - 961964301 Teléfono de Atención al Contribuyente de la Dirección Territorial de Economía y Hacienda en Valencia 961 964 300.
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