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La exención de tasas para alumnos con discapacidad en la Universidad de Extremadura se rige por Decretos Anuales. Para el año 2007/2008 se establece en el artículo 14 del Decreto 183/2007 de 20 de julio, por el que se fijan los precios públicos conducentes a la obtención de títulos oficiales en la Universidad de Extremadura para el curso académico 2007/2008, lo siguiente: Los estudiantes con discapacidad, en el caso de primeros estudios y si se trata de la primera matrícula, tendrán derecho a la exención del pago de los precios públicos. En el caso de primeros estudios, pero que se trate de la segunda matrícula, tendrán derecho a una reducción del 20% del importe del precio público correspondiente a la misma.

Observaciones

Los estudiantes que se acojan a esta disposición habrán de aportar la correspondiente certificación acreditativa del grado de discapacidad. No gozarán de exención aquellos estudiantes que hubieren tenido derecho a percibir las becas a que se refiere el artículo 11 y no las hubieren solicitado.

Más información

Servicio de apoyo al estudiante con discapacidad de la Universidad de Extremadura. Campus de Cáceres Avd. de la Universidad, s/n - Edificio de Usos Múltiples 10071 - cáceres Tlf.: 927251060 / 927251160 - Ext.51060/51160 Tlf.: 618381887 - Ext. 39005 / 660152272 - Ext. 31060 Campus de Badajoz Avd. de Elvas, s/n - Biblioteca Central Tlf.: 924289896 - Ext. 89896 / 620960199 - Ext. 39407 uae@unex.es
Becas

Información adicional

  • Becas
  • Educación / Formación, Protección económica
  • Consejería de Administración Pública y Hacienda
  • Autonómico
  • Universidad de Extremadura. Campus de Cáceres Avd. de la Universidad, s/n - Edificio de Usos Múltiples 10071 - cáceres Tlf.: 927251060 / 927251160 - Ext.51060/51160 Tlf.: 618381887 - Ext. 39005 / 660152272 - Ext. 31060 Campus de Badajoz Avd. de Elvas, s/n - Biblioteca Central Tlf.: 924289896 - Ext. 89896 / 620960199 - Ext. 39407 uae@unex.es
  • Educación Secundaria Post-Obligatoria
  • (grado mínimo: 33%)