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Exención de las tasas de matrícula para los cursos de grado y posgrado de la Universidad

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril y por el Real Decretoley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, los estudiantes con una discapacidad reconocida igual o superior al 33% tendrán derecho a la exención total de tasas y precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un título universitario. Se considerarán por tales aquellos comprendidos en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y deberán acreditarlo con el certificado expedido por el organismo competente.

Fuente

http://www.upo.es

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