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Otros requisitos

- Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad a las que se les va a prestar el empleo con apoyo. - Los centros especiales de empleo, califi cados e inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Cantabria, que suscriban un convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo.

Observaciones

- Los proyectos de empleo con apoyo deberán desarrollarse en la Comunidad Autónoma de Cantabria. - Las ayudas contempladas en la presente orden se extenderán a todas las acciones subvencionables realizadas desde el 1 de septiembre de 2011 hasta el 31 de agosto de 2012. - Las subvenciones se concederán por período máximo de doce meses, prorrogables.

Más información

Dirección del Servicio Cántabro de Empleo C/ Castilla 13, 3ª Planta 39009 Santander Telf.: 942 20 70 90
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Empleo, Protección económica
  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
  • 15-03-2013 30-03-2013
  • Autonómico
  • Página web del Servicio Cántabro de Empleo (www.empleacantabria.com)