Información tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en los Centros de Atención a personas con discapacidad psíquica integrados en la red pública de Castilla-La Mancha.
Tienen como finalidad la habilitacióno profesional y social de personas cuya discapacidad intelectual no les ha permitido integrarse, temporal o definitivamente en una empresa oridinaria o en un centro especial de empleo. El objetvo es autorizar el ingreso en centros de atención a personas con discapacidad intelectual de la red pública así como resolver la inclusión en lista de espera de los centros solicitados, en el caso de no existir vacante. La unidad competente es la Dirección General de atención a personas mayores y con discapacidad. Destinatarios: -Tener la calificación legal de persona con discapacidad. -Haber residido en el ámbito de Castilla-La Mancha desde al menos los 2 años anteriores a la fecha de presentación de solicitud, o tener la consideración de emigrante retornado - No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni necesitar atención médica de forma continuada en institución sanitaria - No presentar trastorno de conducta grave que pueda perturbar la convivencia del centro.
Tienen como finalidad la habilitacióno profesional y social de personas cuya discapacidad intelectual no les ha permitido integrarse, temporal o definitivamente en una empresa oridinaria o en un centro especial de empleo. El objetvo es autorizar el ingreso en centros de atención a personas con discapacidad intelectual de la red pública así como resolver la inclusión en lista de espera de los centros solicitados, en el caso de no existir vacante. La unidad competente es la Dirección General de atención a personas mayores y con discapacidad. Destinatarios: -Tener la calificación legal de persona con discapacidad. -Haber residido en el ámbito de Castilla-La Mancha desde al menos los 2 años anteriores a la fecha de presentación de solicitud, o tener la consideración de emigrante retornado - No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni necesitar atención médica de forma continuada en institución sanitaria - No presentar trastorno de conducta grave que pueda perturbar la convivencia del centro.