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Recurso asistencial y parcial por su temporalidad, para personas con discapacidad.

Establecimientos destinados a la atención de aquellas personas que no puedan integrarse -transitoria o permanentemente- en un medio laboral normalizado, o que por su gravedad, necesiten de atención continuada y no puedan ser atendidas por su núcleo familiar durante el día. Destinadas a la atención, en régimen de media pensión, de personas con discapacidad tan grave que dependan de otra para las actividades de la vida cotidiana y no puedan ser atendidas por su unidad familiar durante el día.

Observaciones

La aportación en las Unidades de Estancias Diurnas, el 25% de sus ingresos líquidos anuales con excepción de las pagas extraordinarias.

Más información

955 048 770

Información adicional

  • Servicios
  • Movilidad y vida diaria, Vivienda
  • Andalucia
  • Autonómico
  • En el propio Centro de Día. La Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social facilita información sobre los Centros de Día. En el caso de centros para personas con enfermedad mental la derivación la realizan los centros de salud mental del Servicio Andaluz de Salud (SAS). La Fundación Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental -FAISEM- facilita información sobre los centros para estas personas.