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Son prestaciones destinadas a personas que necesiten este tipo de ayuda técnica.

Otros requisitos

Residir legalmente en territorio español. Empadronamiento en el Territorio Histórico de Bizkaia. Haber transcurrido un plazo superior a 5 años desde la concesión de ayuda por el mismo concepto. Aportar dos presupuestos de diferentes empresas. Para la adquisición de ordenador: encontrarse comprendida en alguno de los apartados A o B contenidos en el anexo 3 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, o hallarse afectada por una discapacidad en extremidades superiores que les impida la escritura y acreditar, mediante informe técnico emitido por el Equipo de valoración y Orientación, su necesidad para la formación o integración laboral.

Más información

Registros del Departamento de Acción Social Registro Delegado Camino Ugasko nº 3 bis, 2ª planta 48014 - Bilbao Registro General C/ Lersundi nº 14 48009 - Bilbao Tlf.: 900220002 Así mismo, se podrá acudir al Registro General de la Diputación Foral de Bizkaia (Edificio de cristal de la Biblioteca Foral, trasera del Palacio de la Diputación) ubicado en C/ Diputación 7, 48009 - Bilbao. Las solicitudes de Subvención se podrán presentar en estos Registros o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en los plazos anteriormente indicados. Servicio de personas con Discapacidad de la Diputación Foral de Bizkaia(Programas y Ayudas): 944067218
Ayudas Técnicas

Información adicional

  • Ayudas Técnicas
  • Accesibilidad, Protección económica
  • Diputación Foral de Vizcaya
  • 21-01-2010 15-11-2010
  • Provincial
  • Registros del Departamento de Acción Social Registro Delegado Camino Ugasko nº 3 bis, 2ª planta 48014 - Bilbao Registro General C/ Lersundi nº 14 48009 - Bilbao Tlf.: 900220002 Así mismo, se podrá acudir al Registro General de la Diputación Foral de Bizkaia (Edificio de cristal de la Biblioteca Foral, trasera del Palacio de la Diputación) ubicado en C/ Diputación 7, 48009 - Bilbao. Las solicitudes de Subvención se podrán presentar en estos Registros o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en los plazos anteriormente indicados.
  • (grado mínimo: 33%)