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Ayuda económica, el acceso a las actividades complementarias de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales escolarizados en centros específicos de Educación Especial o en unidades específicas de Educación Especial ubicadas en centros ordinarios sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana

Observaciones

- Se definen como actividades complementarias, a los efectos de esta orden, las que, figurando en el programa de aprendizaje del alumnado, se realizan fuera del centro, preferentemente durante el horario lectivo, o fuera del periodo lectivo en casos excepcionales derivados de la propia actividad. - Estas actividades se habrán desarrollado durante el curso escolar 2009-2010.

Más información

Consejería de Educación Tlf.: 900202122
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Educación / Formación
  • Consejería de Educación
  • 07-07-2010 04-08-2010
  • Autonómico
  • Dirección General de Ordenación y Centros Docentes a través de las Direcciones Territoriales de Educación.