Ayudas individualizadas a personas con discapacidad, afectadas de una minusvalía física que precisen la adquisición de ayudas especiales.
Incompatibilidades
El falseamiento u ocultación de los datos declarados por los solicitantes podrá dar lugar a la denegación de
la ayuda solicitada, aún cuando el interesado reuniera los requisitos para su concesión.
No se concederán ayudas a los solicitantes que hayan sido beneficiarios de las mismas para idéntica finalidad en los dos años anteriores a la presente convocatoria, salvo aquellas destinadas a servicios diarios, mensuales o anuales y también, cuando se acredite la necesidad documentalmente.
No procederá el reconocimiento del derecho a la prestación solicitada cuando se produzca el fallecimiento del solicitante con anterioridad a la resolución del expediente, siendo denegada la ayuda.
Otros requisitos
Será preciso acreditar haber realizado la solicitud de la silla de ruedas eléctrica ante el Servicio Murciano de Salud.
Residir habitualmente en la Región de Murcia.
Figurar empadronado en alguno de los municipios de la Región de Murcia, en la fecha de solicitud.
No disponer de bienes muebles o inmuebles sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión, usufructo, o cualquier otro que, por sus características, valoración, posibilidad de explotación o venta, indique la existencia de medios suficientes para atender la necesidad para la que se solicita la Ayuda, cuyos límites máximos quedan establecidos en el baremo que figura como anexo I de la presente Orden.
En ningún caso se tendrá en cuenta el valor de la vivienda o alojamiento que constituya la residencia habitual
de la unidad familiar del solicitante ni del local comercial donde se desarrolle la actividad económica principal de la unidad familiar.
En el supuesto de que el solicitante tenga la condición de inmigrante o de hijo de inmigrante, además de
los requisitos de carácter general deberá disponer del necesario permiso de residencia.
En el supuesto de que la persona solicitante tenga la condición de refugiada deberá acreditar dicha condición
o que, habiéndola solicitado reúne los requisitos para su obtención.
Será preciso acreditar la necesidad específica para la que se solicita la Ayuda, su relación directa con la minusvalía del beneficiario y cumplir los requisitos establecidos.
La imposibilidad de obtener el servicio o la ayuda solicitada a través de los servicios públicos o privados,
subvencionados en todo o en parte por cualquiera de las Administraciones Públicas.
La necesidad y la urgencia para la vida cotidiana de la Ayuda solicitada, mediante informe/prescripción emitido
por el Servicio de Valoración y Diagnóstico del Instituto Murciano de Acción Social, y, en su caso, Informe Social realizado por el Diplomado en Trabajo Social/Asistente Social de la Unidad de Trabajo Social de zona correspondiente.
Observaciones
Las ayudas tipificadas en los apartados anteriores, cuyos topes máximos han quedado fijados, deberán como
mínimo, atendidas las circunstancias concretas de cada caso, ser suficientes en su cuantía para hacer posible la obtención del servicio, adquisición del bien o financiación de la actividad de que se trate. En cualquier caso, la ayuda máxima a conceder por todos los conceptos solicitados será de 4.500 €.
No se concederán ayudas cuyo importe final, tras la aplicación del porcentaje corrector que corresponda al
interesado, sea inferior a 100 €.
Más información
Dirección General de Personas con Discapacidad
012 / 968 362 000
Accesibilidad, Atención y cuidado, Movilidad y vida diaria, Protección económica
Consejería de Bienestar Social
16-02-2010 30-03-2010
Autonómico
Registro de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración
Avda. de la Fama, 3, Planta baja - 30071 (Murcia)
Oficina de Información y Registro del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS)
Plaza Juan XXIII - 30008 (Murcia)