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Concesión de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo

Programas de subvenciones: Programa I: Ayudas a proyectos generadores de empleo. Programa II: Mantenimiento de puestos de trabajo de trabajadores discapacitados en los Centros Especiales de Empleo

Otros requisitos

Podrán ser beneficiarios de las ayudas relacionadas en el artículo 1, todas aquellas entidades que, cumpliendo con los requisitos exigidos para ser Centro Especial de Empleo, hayan sido calificadas e inscritas en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el Decreto 48/2004, de 20 de abril (DOE n.° 48, de 27 de abril), y además cumplan con los requisitos exigidos para cada tipo de ayuda.

Observaciones

Para las ayudas establecidas en el Programa I, en el plazo de un mes desde la fecha de inicio de las contrataciones indefinidas iniciales o de las transformaciones, en su caso. Para las ayudas establecidas en el Programa II, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del mes por el que se solicita la subvención

Más información

Servicio Extremeño Público de Empleo 901 40 11 11
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Empleo
  • Consejería de Empleo, Empresa e Innovación
  • Autonómico
  • Consejería de empleo, empresa e innovación Dirección General de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo Paseo de Roma s/n 06800 Mérida