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Subvenciones destinadas a financiar las acciones formativas en materia agroforestal, para el año 2011, de las entidades de iniciativa social que contribuyan a fomentar la inclusión social y la integración en el mercado de trabajo de las personas desfavorecidas o discapacitadas en el medio rural de la Comunidad Autónoma de Galicia, atendiendo a los principios de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva. Ayudas para el desarrollo de acciones formativas en materia agroforestal, por entidades de iniciativa social, dedicadas a fomentar la integración social y laboral de personas con discapacidades o en riesgo de exclusión social en la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2011. - Las acciones subvencionables al amparo de esta orden estarán destinadas a la formación en materia agroforestal de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, para hacer posible su integración sociolaboral, o que pertenezcan a colectivos en riesgo de exclusión social. Cada entidad solicitará como máximo una única acción formativa, con una duración mínima de 40 horas. - Se entiende por colectivos en riesgo de exclusión social los definidos en el artículo 3 de la Orden de 26 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de personas desempleadas pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión social. - De acuerdo con el previsto en el artículo 5.3.º del Estatuto de autonomía de Galicia, en las acciones formativas reguladas por esta orden, así como en la documentación escrita, material didáctico, publicidad y difusión de las mismas se empleará de manera preferente la lengua gallega.

Otros requisitos

- Estar inscritas en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, regulado por el Decreto 291/1995, de 3 de noviembre, y por la Orden de 5 de febrero de 1996 que lo desarrolla. - Carecer de fines de lucro. - Tener su domicilio social en Galicia y que su ámbito de actuación sea el medio rural. - Haber realizado actividades de formación continua u ocupacional vinculadas al sector agropecuario y forestal - Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Más información

Consellería del Medio Rural Estrada de San Marcos, s/n 15780 Santiago de Compostela Telf: 902 112 000
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Educación / Formación
  • Consejería de Medio Rural
  • 12-08-2011 12-09-2011
  • Autonómico
  • Consellería del Medio Rural Estrada de San Marcos, s/n 15780 Santiago de Compostela Telf: 902 112 000