Residir en el territorio del Principado de Asturias y estar empadronado en uno de sus concejos en la fecha de la solicitud. Quienes no ostenten la nacionalidad española o la condición de nacional de los estados de la Unión Europea, además, habrán de tener el permiso de residencia.
En el supuesto de los beneficiarios bajo tutela o guarda legal atendidos en centros fuera del Principado de Asturias se considerará como su domicilio el de sus padres, tutores o guardadores.
Que los ingresos anuales de la unidad familiar de la que forma parte el solicitante, sean inferiores a las siguientes cuantías:
Para 1 miembro: 2,1 veces el IPREM
Para 2 miembros: 3 veces el IPREM
Para 3 miembros: 3,8 veces el IPREM
Para 4 miembros: 4,6 veces el IPREM
Para 5 miembros: 5,1 veces el IPREM
Para 6 miembros: 5,6 veces el IPREM
Para 7 miembros: 6,1 veces el IPREM
Para familias de 8 o más miembros el límite máximo de ingresos se fijará incrementando la cantidad señalada para 7 miembros en 3.100 euros por cada miembro de más.
No tener derecho a servicios gratuitos que cubran los mismos supuestos y necesidades que las que motivan la petición de ayuda, dado el carácter subsidiario de éstas.
El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podría ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de entes públicos o privados, supere el coste máximo establecido en las presentes bases para el fin concreto solicitado.
Más información
Llamando al 012 - 985 10 55 00
Si llamas desde fuera del Principado 985 27 91 00
Ayudas de comunicación, información y señalización
Cuantía
Microscopio: 200 €
Información adicional
Ayudas Técnicas
Movilidad y vida diaria, Protección económica
Consejería de Bienestar Social
Autonómico
Registro General de la Consejería de Vivienda y Bienestar Social,
C/ Alférez Provisional, s/n, 33005, Oviedo
En los Centros de Valoración de personas con discapacidad de Oviedo, Gijón y Avilés.
En los Centros Sociales de Mayores, dependientes de la Dirección General de Atención a Mayores, Discapacitados y Personas Dependientes.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales de la localidad en que resida el solicitante, siempre que se acredite (con sello de registro) su entrada en plazo.