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Ayudas destinadas a favorecer el desarrollo personal y formativo, así como eliminar barreras de la comunicación, de las personas con discapacidad, mediante la utilización, de forma autónoma, del equipamiento informático.

Incompatibilidades

• Aquellos solicitantes cuya renta per cápita de la unidad familiar a la que pertenece, es superior al salario mínimo interprofesional vigente. • Quienes en los cinco años anteriores, hayan obtenido ayuda o subvención concedida para el mismo fin. • Cuando el solicitante conviva con algún componente de la unidad familiar que, en los cinco años anteriores, haya obtenido ayuda o subvención concedida para el mismo fin. • Quienes residan en instituciones de atención especializada o en residencias de adultos, mini-residencias o pisos tutelados, en las que el usuario disfrute del equipamiento objeto de la presente base específica. • Tampoco podrán ser beneficiarios quienes se acojan a otras de la misma naturaleza, alcance, cuantía y finalidad, que se concedan por otras Instituciones públicas o privadas. En casos excepcionales, podrán atenderse hasta el complemento si las otras instituciones no han concedido la totalidad de la ayuda solicitada.

Otros requisitos

a) Certificado de minusvalía y del dictamen técnico facultativo de la persona con discapacidad y de aquellos componentes, en su caso, de la unidad familiar, con discapacidad, que convivan con el solicitante. b) Fotocopia de la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) o justificante de no estar obligado a efectuarla de la persona con discapacidad y de cada uno de los miembros de la unidad familiar, con obligaciones tributarias que figuren, en el preceptivo certificado de convivencia. c) Certificado de convivencia, emitido por el Ayuntamiento en el que se encuentre empadronado el solicitante. d) Documentos acreditativos de los ingresos (nóminas, prestaciones, pensiones, etc.), de la persona con discapacidad y de cada uno de los miembros de su unidad familiar, que figuren en el preceptivo certificado de convivencia. e) En el supuesto de estar vinculado a un proyecto educativo o de formación, certificado del centro de estudios que justifique la necesidad del equipamiento informático. f) Presupuestos del equipamiento informático solicitado.

Más información

Teléfono de información del Gobierno de Canarias Desde las Islas Canarias: 012 Desde fuera de la Comunidad y, dentro del territorio nacional: 902111012 Desde el extranjero: +34902111012
Ayudas Técnicas

Información adicional

  • Ayudas Técnicas
  • Accesibilidad, Educación / Formación, Protección económica
  • Consejería de Bienestar Social
  • 17-03-2009 05-04-2009
  • Autonómico
  • Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, en las siguientes dependencias: • Santa Cruz de Tenerife, Avenida Benito Pérez Armas, 4, Edificio Andrea. • Las Palmas de Gran Canaria, calle Profesor Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Usos Múltiples II, 2ª planta.
  • (grado mínimo: 33%)