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Conceder ayudas a las universidades de Cataluña para colaborar en la financiación de recursos materiales, ayudas técnicas y personales destinados a garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado con discapacidad.

Los tipos de recursos para los que se puede solicitar ayuda son los siguientes: a) Accesibilidad: iluminación de espacios, señalizaciones del campus y espacios, instalación de barandillas, protección de espacios de riesgo, adaptación de mobiliario, eliminación de barreras de acceso a la comunicación oral y escrita, y especialmente la derivada de la consulta de información en entornos electrónicos, receptores de señales acústicas y otros gastos de naturaleza análoga debidamente justificados y de acuerdo con lo que determine la Comisión de Selección. b) Ayudas técnicas especiales: ordenadores especiales y otras ayudas técnicas electrónicas (como por ejemplo: software adecuado a las necesidades del alumnado, teclados adaptados, conmutadores y reconocimiento de voz para acceso alternativo al ordenador, materiales para escribir, grabar o escuchar en el aula y periféricos de salida especiales), y otros gastos de naturaleza análoga debidamente justificados y de acuerdo con lo que determine la Comisión de Selección. c) Apoyo o asistencia personal: traductores o traductoras de lenguaje de signos y acompañantes de apoyo, y otros gastos de naturaleza análoga debidamente justificados y de acuerdo con lo que determine la Comisión de Selección. Quedan explícitamente excluidos los gastos por adaptaciones o elementos (rampas, ascensores, elevadores, plataformas) cuando se trate de una obra nueva o de una obra mayor, ordenadores, personal técnico informático, becarios o becarias, personal para apoyo psicológico y acción tutorial y fotocopias.

Otros requisitos

Pueden ser beneficiarias de las ayudas las universidades públicas y privadas de Cataluña. Los centros adscritos y otros centros dependientes de la universidad que quieran acceder a esta convocatoria deberán incorporarse en las solicitudes formuladas por la universidad. Las universidades beneficiarias de las ayudas se comprometen a cofinanciar en un 30% la cantidad otorgada y para el recurso para el que se ha otorgado la ayuda.

Observaciones

Los recursos materiales y las ayudas técnicas deben adquirirse a partir del 1 de enero de 2010 y antes del 15 de noviembre del año 2010, por lo tanto, no se admitirán facturas emitidas con anterioridad o posterioridad a las fechas mencionadas. Los recursos destinados al apoyo o la asistencia personal pueden hacerse efectivos a lo largo de todo el 2010, por lo tanto, no se admitirán facturas emitidas con anterioridad al 1 de enero de 2010 ni con posterioridad al 31 de diciembre de 2010.

Más información

Agència de Gestió d'Ajuts Universitaris i de Recerca Via Laietana 28 08003 Barcelona Telèfon: 935529000 935529000 Fax: 935529010
Ayudas Técnicas

Información adicional

  • Ayudas Técnicas
  • Accesibilidad, Educación / Formación, Protección económica, Transporte
  • Departamento de Innovación, Universidades y Empresa
  • 08-06-2010 08-07-2010
  • Autonómico
  • Agència de Gestió d'Ajuts Universitaris i de Recerca Via Laietana 28 08003 Barcelona Telèfon: 935529000 935529000 Fax: 935529010