Pueden ser beneficiarias de las ayudas las universidades públicas y privadas de Cataluña.
Los centros adscritos y otros centros dependientes de la universidad que quieran acceder a esta convocatoria deberán incorporarse a las solicitudes formuladas por la universidad de adscripción.
Las universidades beneficiarias de las ayudas se comprometen a cofinanciar en un 30% la cantidad otorgada para el recurso objeto de la ayuda.
Observaciones
Los tipos de recursos para los que se puede solicitar ayuda:
- Accesibilidad: iluminación de espacios, señalizaciones del campus y espacios, instalación de barandillas, protección de espacios de riesgo, adaptación de mobiliario, eliminación de barreras de acceso a la comunicación oral y escrita y, especialmente, la derivada de la consulta de información en entornos electrónicos, receptores de señales acústicas y otros gastos de naturaleza análoga debidamente justificados y de acuerdo con lo que determine la Comisión de Selección.
- Ayudas técnicas especiales: ayudas técnicas de tipo electrónico o informático (como por ejemplo: software adecuado a las necesidades del estudiantado, teclados adaptados, conmutadores y reconocimiento de voz para acceso alternativo al ordenador, materiales para escribir, grabar o escuchar en el aula y periféricos de salida especiales), y otros gastos de naturaleza análoga debidamente justificados y de acuerdo con lo que determine la Comisión de Selección.
- Apoyo o asistencia personal: traductores o traductoras de lenguaje de signos y acompañantes de apoyo, y otros gastos de naturaleza análoga debidamente justificados y de acuerdo con lo que determine la Comisión de Selección.
Quedan explícitamente excluidos los gastos para adaptaciones o elementos (rampas, ascensores, elevadores, plataformas) cuando se trate de una obra nueva o de una obra mayor. También quedan excluidos los gastos para ordenadores y los gastos correspondientes al personal técnico informático, asesor, becario, para apoyo psicológico y acción tutorial y fotocopias.
Más información
AGAUR
Paseo Lluís Companys, 23, 1ª planta
08010 Barcelona
Telf.: 93 310 63 94
El importe máximo de las ayudas podrá ser de hasta 45.000,00 (cuarenta y cinco mil) euros y como máximo el 70% del gasto elegible.
Para las universidades con mucho estudiantado beneficiario, el importe máximo de las ayudas será de 45.000,00 (cuarenta y cinco mil) euros; para las de un número medio de estudiantado beneficiario será de 30.000,00 (treinta mil) euros, y para las de pocos será de 15.000,00 (quince mil) euros
Perioricidad de pago
No informado
Información adicional
Becas
Accesibilidad, Atención y cuidado, Movilidad y vida diaria
Departamento de Educación
04-10-2011 19-10-2011
Autonómico
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SUR
Via Laietana, 33, 6º 2.ª
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