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Fomentar y facilitar el desarrollo de los estudios de los alumnos con discapacidad igual o superior a 33 por 100 en condiciones económicas de independencia, a cuyo fin los beneficiarios podrán destinar libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento.

Otros requisitos

Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes bases, aquellos alumnos en los que concurran las circunstancias siguientes: - Tener una minusvalía legalmente reconocida igual o superior al 33 por 100. - Estar matriculado en una universidad de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a la misma.

Observaciones

Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta Orden las ayudas para la realización de estudios correspondientes a estudios de tercer ciclo o posgrado, cursos de especialización y títulos propios de las universidades.

Más información

Consejería de Educación C/ Alcalá, 32 28014 MADRID Tfnos.: 91 720 02 06 07 Fax: 91 720 02 08 informacion.universitaria@madrid.org
Becas

Información adicional

  • Becas
  • Educación / Formación, Movilidad y vida diaria, Protección económica
  • Consejería de Educación, Juventud y Deporte
  • 24-06-2013 14-07-2013
  • Autonómico
  • - Entrega presencial en Registro - Envío Postal Becas Discapacidad. Registro de la Consejería de Educación. Gran Vía, 20 28013 Madrid. - Presentación telemática www.madrid.org
  • (grado mínimo: 33%)