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Las principales características de esta prestación son:

anciano mirando a un joven que porta en la mano una cartera y un bolígrafo

  • Es personal y periódica, es decir cada persona dependiente tendrá una distinta según su nivel de dependencia y la recibirá cada determinado tiempo.
  • Depende del grado y nivel de dependencia y capacidad económica de la persona dependiente.
  • La prestación irá destinada a cubrir los gastos del servicio previsto en el Programa Individual de Atención (PIA) cuando no sea posible la atención por un servicio público o concertado de atención y cuidado.
  • El servicio deberá ser prestado por una entidad o centro acreditado para la atención a la dependencia.
  • Las condiciones y cuantía de la prestación serán acordadas por el Consejo Territorial.