Las principales características de esta prestación son:
- Es personal y periódica, es decir cada persona dependiente tendrá una distinta según su nivel de dependencia y la recibirá cada determinado tiempo.
- Depende del grado y nivel de dependencia y capacidad económica de la persona dependiente.
- La prestación irá destinada a cubrir los gastos del servicio previsto en el Programa Individual de Atención (PIA) cuando no sea posible la atención por un servicio público o concertado de atención y cuidado.
- El servicio deberá ser prestado por una entidad o centro acreditado para la atención a la dependencia.
- Las condiciones y cuantía de la prestación serán acordadas por el Consejo Territorial.