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1. ¿Es compatible la dependencia y la discapacidad?

Sí, son compatibles. Son dos trámites diferenciados pero a la vez muy unidos entre sí. En la valoración de dependencia se tiene en cuenta el nivel de desempeño en relación a las actividades básicas de la vida diaria el grado de apoyo que se necesita para la realización de las mismas. Es un estado de carácter permanente. Por otro lado, en la valoración de discapacidad se valora las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación en las mismas.

2. ¿Dónde debo de acudir para la valoración de discapacidad?

La valoración de discapacidad se realiza en el Centro Base o centro de valoración de discapacidad que le corresponda a la persona por zona de residencia y empadronamiento. Puedes consultar qué centro te corresponde en nuestro buscador introduciendo en el campo “tipo de centro” la opción “centro de información, orientación y valoración”.

3. ¿Cómo acceder a una prestación no contributiva?

Existen dos formas para acceder a la prestación no contributiva. En primer lugar, por invalidez donde será necesario cumplir los requisitos siguientes: tener reconocido 65% o más de discapacidad y tener más de 18 años y menos de 65 años y cumplir con los requisitos económicos. En segundo lugar, se puede acceder por jubilación dónde será necesario cumplir los siguientes requisitos: No haber cotizado a la Seguridad Social lo establecido para percibir pensión contributiva; Tener 65 o más años y, cumplir con ciertos requisitos económicos.

4. ¿Cuándo puedo solicitar revisión de discapacidad?

Cuando hayan pasado dos años desde la resolución anterior a no ser que se hayan producido cambios sustanciales en las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento.

5. ¿Quiénes son los profesionales que valoran la discapacidad?

Los profesionales que conforman el Equipo de Valoración y Orientación son un médico, un psicólogo y un trabajador social.

6. ¿Necesito el certificado de discapacidad para tramitar la dependencia?

No. No es requisito indispensable para la solicitud de dependencia pero si valorable.

7. Es válido mi reconocimiento de grado de discapacidad a nivel nacional

Si, el certificado de reconocimiento de grado de discapacidad tiene validez en todo el territorio nacional según lo expresa Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social en su art. 4.

8. ¿Qué plazo tengo para solicitar la discapacidad?

El plazo es indefinido.

9. ¿Puedo solicitar la discapacidad siendo extranjero?

Sí, siempre que se cumplan una serie de requisitos: Tener el permiso de residencia, estar empadronado en la CCAA donde se solicite la valoración de discapacidad y padecer una discapacidad, física, intelectual o sensorial.

10. ¿Qué significa baremo de movilidad reducida?

Hace referencia a las personas que tienen afectada su capacidad motora en grado igual o superior al 33% debido a pérdidas funcionales anatómicas y deformaciones esenciales y, que dicha situación dificulte a la persona para la utilización de transportes colectivos.