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  • Las empresas tendrán derecho a los beneficios previstos en la normativa sobre contratación de trabajadores con discapacidad en los términos establecidos en la misma (Ley 43/2006, de mejora del crecimiento y del empleo; RD 1451/1983).
  • Subvenciones específicas que se destinarán a financiar costes laborales y de seguridad social que se generen durante el periodo de desarrollo del proyecto de empleo con apoyo, derivados de la contratación de los preparadores laborales por las entidades promotoras de empleo con apoyo.
    • La cuantía de dichas subvenciones:
      • 6.600 euros anuales: por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%.
      • 4.000 euros anuales: por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33% e inferior al 65%.
      • 2.500 euros anuales: por cada trabajador con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%, así como personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
    • Estas subvenciones se reducirán proporcionalmente en función de la duración del contrato de cada trabajador con discapacidad así como en función de su jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.
    • Se concederán por períodos máximos de un año, prorrogables hasta dos años y seis meses cuando se detecten situaciones de especial dificultad que exijan necesidades específicas de apoyo, previa solicitud por parte de las entidades interesadas.
    • Las ayudas son compatibles con las ayudas del Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo.
    • El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Duración.

  • Tendrán una duración entres seis meses y un año, prorrogable hasta otro año más.
  • En el caso de trabajadores con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%, el plazo máximo de dos años podrá ampliarse hasta seis meses más, siempre y cuando se detecten situaciones de especial dificultad que exijan necesidades específicas de apoyo.

Documento elaborado por la Dirección de relaciones Sociales e Internacionales de Fundación ONCE.