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Consejería dependencia.

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)

Nota: La información que se refleja en cada uno de los apartados ha sido proporcionada por las propias Comunidades Autónomas

  • Teleasistencia
  • Ayuda a domicilio
  • Centro de día
  • Atención Residencial
  • Prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal

En función del grado se podrá acceder a unos servicios u otros.

  • Prestación económica Vinculada al servicio
  • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales
  • Prestación económica de Asistencia Personal

  • El servicio telefónico de emergencia será compatible con todas las prestaciones garantizadas de atención a la dependencia, salvo con las de carácter residencial permanente.
  • Las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas serán compatibles con el servicio de atención domiciliaria (SAD) municipal.
  • Las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas serán compatibles con el servicio de atención temprana o servicio de rehabilitación asimilado prestado por el sistema público de salud.
  • Las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas serán compatibles con los servicios de centro de día y estancia diurna hasta los 18 años.
  • El servicio de transporte adaptado y asistido, además de con el servicio telefónico de emergencia, será compatible con los servicios de estancia diurna, centro de día y centro de noche, en cualquiera de sus modalidades.
  • Las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas serán compatibles con:
  1. La asistencia a centros educativos donde se curse educación infantil, primaria o secundaria obligatoria.
  2. La asistencia a centros ocupacionales.

Todos los servicios conllevan un copago acorde a la capacidad económica. En la resolución quedará indicado.

Cómo solicitarla

Para solicitar la dependencia podrá hacerlo a través de la Sede Electrónica de Navarra, acudiendo a una Oficina de Registro o a través de los Servicios Sociales. Para ello, deberá aportar la siguiente documentación:

  • Solicitud en modelo normalizado
  • Informe de salud (a facilitar en el centro de salud de referencia)
  • Documento de domiciliación bancaria de pagos, en modelo normalizado
  • Empadronamiento
  • Copia del DNI

 

Traslado de expediente

Traslado entre comunidades autónomas.

La persona usuaria deberá de notificar dicho traslado en un periodo no superior a 10 días hábiles al traslado de la vivienda, dicha comunicación se presentará a la Administración a través de un modelo reglamentado junto con la acreditación del nuevo empadronamiento.

En el caso de que la persona usuaria este recibiendo una prestación económica reconocida, se mantendrá durante 60 días esa prestación. Si por el contrario la persona usuaria estuviese recibiendo un servicio, se sustituiría ese servicio por una prestación económica con una duración de 60 días.