Cargando...

Incompatibilidad entre servicios

Infórmese en el teléfono gratuito 900 102 180

Las prestaciones económicas serán incompatibles con los servicios del catálogo establecido en la Ley de Dependencia, salvo con los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal y la teleasistencia. Igualmente, serán incompatibles las prestaciones económicas entre sí.

Excepciones:

  • Por otra parte, los servicios serán incompatibles entre sí a excepción de la teleasistencia, que será compatible con la prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía personas, ayuda a domicilio y centro de día/noche.
  • No obstante, las Administraciones Públicas competentes podrán establecer la compatibilidad entre las prestaciones para apoyo y atención domiciliaria a la persona dependiente, de tal forma que la suma de estas prestaciones no sea superior, en su conjunto, a las intensidades máximas reconocidas para su grado de dependencia.