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Foto de publico en una conferencia con un efecto no nítido

Nuevo procedimiento que simplifica y agiliza los trámites para solicitar la prestación por dependencia en Aragón
Simplificar, agilizar y reducir la documentación. Estas son las novedades y los objetivos que se persiguen con la Orden por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia de las personas y el acceso a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia de Aragón. 

El gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), Joaquín Santos, y el jefe del servicio de Coordinación de la Gestión de las Prestaciones, Óscar Embid, han presentado el contenido de esta Orden, que comenzará a aplicarse el próximo 10 de junio. 

Siete son las principales novedades que aporta este nuevo procedimiento: 

1.-Simplificar la tramitación, reduciendo los pasos que debe de dar el usuario para solicitar y recibir las prestaciones y servicios para los dependientes. 

Hasta ahora, con el antiguo procedimiento, los usuarios tenían que ir a los centros de servicios sociales en diferentes momentos (inicial para recibir orientación e información, luego para presentar la solicitud y parte de la documentación, y con posterioridad para elaborar el Plan Individual de Atención (PIA) y presentar el resto de documentación, etc.). Esta tramitación que implicaba ir complementado el expediente a lo largo del procedimiento alargaba los tiempos de resolución.

El nuevo procedimiento se inicia con la petición de cita por teléfono, bien en los centros de servicios sociales o, en el caso de la ciudad de Zaragoza, en la Dirección Provincial del IASS. En esa llamada, se le dará cita al solicitante y se le informará tanto del procedimiento como de la documentación que debe llevar para la entrevista con el trabajador social. 

En esa entrevista, se unifican los principales trámites: información y orientación, formalización de la solicitud, aportación de toda la documentación, indicación de las preferencias de servicios o prestaciones del solicitante e informe social sobre las mismas. 

A continuación, un trabajador del IASS acude al domicilio del solicitante para llevar a cabo la valoración del grado de dependencia. 

Finalmente, el solicitante recibe en su domicilio la resolución de dependencia y de los servicios o prestaciones que se le reconocen (bien en una resolución única o en dos resoluciones simultáneas). 

2.-Flexibilizar las posibilidades de intervención. La Orden flexibiliza las posibilidades de intervención de los profesionales del sistema de servicios sociales, de forma que, en función de los supuestos, permite intervenir en la fase del procedimiento que se considere más adecuada.

3.- Tramitación íntegra de forma telemática. La Orden configura todo el procedimiento para ser tramitado de forma telemática, suprimiendo el formato papel desde su inicio, desde que se presenta la solicitud.

4.-Reducir la aportación de documentación. Si el usuario da permiso y gracias a la tramitación telemática, el IASS podrá consultar datos en poder de todas las administraciones necesarios para completar la solicitud (DNI, prestaciones públicas, catastro, agencia tributaria…), sin que el usuario deba entregar la documentación. Asimismo, se elimina la necesidad de algunos documentos que se venían exigiendo.

5.- Solicitudes en la ciudad de Zaragoza. Dado el elevado número de solicitudes que se reciben en la ciudad de Zaragoza, será la Dirección Provincial de Zaragoza del IASS la que se encargue de toda la tramitación y no los centros de servicios sociales municipales.

6.-Facilitar las modificaciones de los expedientes. Los expedientes de dependencia, por la propia situación de las personas dependientes, suelen experimentar un gran número de modificaciones, bien por su situación personal o familiar, que exigen una rápida respuesta por parte de la Administración.

Por ello, la orden introduce dos alternativas a la tramitación ordinaria: La modificación directa por parte del IASS en todos aquellos supuestos que no conlleven una modificación sustancial del régimen de la prestación que disfruta el usuario y la actualización de los datos en el expediente informático sin necesidad de modificar el PIA.

7.- Cambios con consecuencias económicas en las revisiones de los expedientes. Finalmente, la Orden introduce dos medidas con importantes repercusiones económicas para los beneficiarios: señala que solo se procederá a la disminución del grado cuando exista una mejoría real de la situación del dependiente (hay que recordar que en el 2012 el Gobierno estatal endureció los baremos lo que provocó la reducción de los grados sin que el usuario hubiera mejorado).

Asimismo, la orden también establece que la revisión del PIA no podrá suponer una disminución de las prestaciones económicas que recibe el usuario, cuando no se produzca una variación del grado ni de las condiciones de la prestación. Esta medida se lleva a cabo porque las reducciones de prestaciones aprobadas en 2012 por el Estado conllevaban, en algunos supuestos de revisión de grado de dependencia, que pese a operarse un cambio en este las prestaciones se reducían.
 

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