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El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado el decreto que regula la cartera de servicios sociales para la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, que entrará en vigor en el plazo de un mes. La previsión es que los primeros servicios que se ofertará a través de esta herramienta sean los de prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal, ya que esta iniciativa prestará especial atención a estos recursos, tratando de acercar el máximo posible este tipo de servicios a los usuarios, con el fin de evitar su desubicación y desarraigo familiar y social.

La nueva cartera de servicios para la atención a la dependencia ampliará el modelo de atención actual con nuevos recursos, teniendo en cuenta las características distintivas de cada grado de dependencia. Gracias a este nuevo modelo, Galicia será la primera comunidad autónoma en desarrollar una cartera específica de servicios en función de cada tipología concreta de discapacidad.

La oferta de la cartera se articula de la siguiente manera: servicios comunes, servicios específicos y de asistente personal.

Los comunes son aquellos que se prestan a cualquier persona con dependencia reconocida, pero sin un diagnóstico específico. En este abanico estarían, entre otros, los siguientes servicios: ayuda en el hogar, teleasistencia y geolocalización, atención diurna (modalidad básica y terapéutica); atención residencial (modalidad básica y terapéutica), y todos los servicios de prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal.

Por su parte, los servicios específicos son aquellos diseñados para la atención a las personas con dependencia debido a alguna causa específica: alzhéimer, discapacidad física, parálisis cerebral, daño cerebral, discapacidad intelectual, trastorno del espectro autista y enfermedad mental.

Así, en la cartera de servicios específicos, por ejemplo, alzhéimer puede haber también un servicio de atención residencial (al igual que existe uno en la cartera común), pero este servicio de residencia estará adaptado -en intensidad, personal y en medios- a este diagnóstico. De esta manera, los servicios de cada cartera tendrán un diseño específico adaptado a cada tipo de discapacidad.

En tercer lugar, la cartera del servicio de asistente personal estará dirigida a facilitar el apoyo personal, inclusión social y/o educativa, así como la promoción y participación de las personas que, siendo de edad igual o superior a 16 años, se encuentran en situación de gran dependencia o dependencia severa, con el objeto de permitir su desarrollo en las actividades de la vida diaria, laborales y/o educativas y propiciar la participación de la persona usuaria en la vida social y económica.

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