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El Boletín Oficial del Estado (BOE) del martes 13 de diciembre de 2016 ha publicado la resolución de 5 de diciembre de 2016 en la que se convocan 208.500 plazas para participar en el Programa de Termalismo, a desarrollar en los turnos y balnearios que se relacionan en el anexo I de esta resolución.

El precio a pagar por los usuarios y, en su caso, los acompañantes, por plaza y turno, asciende a las cantidades que se señalan, para cada balneario, mes y tipo de turno. El tipo de tratamiento termal a impartir por cada balneario se especifica, asimismo, en el citado anexo I.

Los turnos, que podrán tener una duración de 12 días (11 noches) o de 10 días (9 noches) cada uno, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán desde las 12.00 horas del día de llegada hasta las 12:00 horas del día de salida. El desarrollo del programa se efectuará durante el periodo comprendido entre los meses de febrero y diciembre de 2017.

Dentro del Programa de Termalismo están incluidos los siguientes servicios:

·Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles, de uso compartido.

·Tratamientos termales básicos, que comprenderán:

·El reconocimiento médico, al ingresar en el balneario, para la prescripción del tratamiento.

·El tratamiento termal que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.

·El seguimiento médico del tratamiento.

·Actividades de ocio y tiempo libre ofertados gratuitamente por el balneario.

·Póliza colectiva de seguro turístico.

Requisitos de los usuarios

·Podrán participar en el Programa de Termalismo, las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

·Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.

·Ser pensionista de viudedad con 55 o más años del Sistema de Seguridad Social español.

·Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 o más años del Sistema de Seguridad Social español.

·Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con 65 o más años.

Asimismo, los usuarios deben reunir los siguientes requisitos:

·No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.

·Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

·Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.

·Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse en la sede de la Dirección General del Imserso en Madrid, en los centros del Imserso y en los órganos que designen las comunidades autónomas que han asumido las funciones y los servicios del Imserso. Asimismo, podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para la presentación de solicitudes, se establecen dos plazos:

Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 13 de enero de 2017.

Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 12 de mayo de 2017.

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